Estoy divorciado/a y quiero viajar con mis hijos al extranjero ¿Puedo hacerlo?
Tras la separación o el divorcio, muchos padres se preguntan si pueden o no viajar con sus hijos fuera de España o de Europa, o si para poder hacerlo necesitan o no autorización del otro progenitor. Nos referimos a los supuestos en que en periodos de vacaciones escolares se desea pasar tiempo de ocio en el extranjero.
Por norma general, cualquier padre o madre puede viajar libremente al extranjero con sus hijos. Para ello, basta con aportar el pasaporte del hijo, acompañando la autorización expresa de ambos padres ante la Policía Nacional o la Guardia Civil. Y, en caso de que el padre o la madre se niegue a firmarla, se puede solicitar autorización al juez para expedirlo.
Sin embargo, se puede dar el caso de que el padre o madre que desea viajar a otro país sea nacional de éste, y que además tenga arraigo en el mismo (por ejemplo, a su familia, propiedades, un trabajo anterior…) De manera que el otro progenitor tenga dudas o sospechas de que su intención no es retornar con los hijos del mencionado viaje. Sobre todo, si no está claro un proyecto de vida futura en España.
Es en estos casos cuando puede ser aconsejable limitar el derecho de ese progenitor a desplazarse a otro país. La forma de hacerlo es informar de esta circunstancia en el Juzgado, aportando pruebas que hagan ver la conveniencia de adoptar esta medida restrictiva. En caso de acordarla el Juez, se comunica a la Dirección General de Seguridad del Estado dependiente del Ministerio del Interior la prohibición de ese progenitor de viajar con los hijos. Ello para que se comunique a los puestos fronterizos en aeropuertos, puertos y estaciones de ferrocarril de los países de la Unión Europea (que hayan firmado el Convenio Shengen). Además, se puede acordar la retirada del pasaporte o la prohibición de expedición de pasaporte al Ministerio del Interior.
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