Que el padre tenga unos ingresos elevados no significa que la pensión de alimentos del hijo tenga que ser exagerada

Un Juzgado de Madrid fijó la pensión de alimentos de un hijo mayor de edad, a cargo de su padre, en la cantidad de 1.250 euros mensuales. Aparte de esa cantidad, este padre también tenía que pagar todos los gastos de los estudios del hijo en una Universidad privada (matrícula, mensualidades de 972,41 euros,…). El padre recurrió la sentencia y la Audiencia Provincial de Madrid, en su Sentencia de 21 de octubre de 2014, le dio la razón fijando la pensión únicamente en 1.500 euros mensuales, en los que estaban incluidos todos los gastos universitarios.

La Audiencia tuvo en cuenta que el hijo tenía las mismas necesidades que cualquier joven de su edad y que con los 1.500 euros se cubrían todas las necesidades del hijo.

Consideramos acertada la decisión de la Audiencia, puesto que el pago de una cantidad excesiva de alimentos supondría que la madre recibiría unos ingresos de forma injustificada.

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