• Derecho de los nietos a relacionarse con sus abuelos

    Derecho de los nietos a relacionarse con sus abuelos (derecho de visitas de los abuelos) La ley establece que no podrá impedirse, sin motivo justificado, las relaciones de los hijos con sus abuelos y otros parientes y allegados. Esta relación que tienen derecho a mantener los hijos menores de edad, se trata de toda forma de comunicación o trato, incluidas las estancias temporales en el domicilio del pariente, que habrá que determinar en cada caso, siempre atendiendo a lo que es más beneficioso para los niños. En el supuesto de que los padres del hijo menor se opongan a que tengan relación con los abuelos y otros parientes, será el…

  • Intercambio de los hijos cuando sus padres viven en ciudades distintas

    Intercambio de los hijos cuando sus padres viven en ciudades distintas. Tras el divorcio o separación, hay ocasiones en que el padre que tiene la Guarda y Custodia de los hijos vive en una ciudad y el que tiene derecho al régimen de visitas, vive en otra alejada. En estos casos, el Tribunal Supremo ha establecido recientemente la obligación de ambos padres de repartirse los traslados necesarios que supone el desarrollo del régimen de visitas. De manera que el padre o madre que va disfrutar del régimen de visitas con los hijos, deberá recogerles en la ciudad en la que viven con el que tiene la Guarda y Custodia. Y…

  • Que el padre tenga unos ingresos elevados no significa que la pensión de alimentos del hijo tenga que ser exagerada

    Un Juzgado de Madrid fijó la pensión de alimentos de un hijo mayor de edad, a cargo de su padre, en la cantidad de 1.250 euros mensuales. Aparte de esa cantidad, este padre también tenía que pagar todos los gastos de los estudios del hijo en una Universidad privada (matrícula, mensualidades de 972,41 euros,…). El padre recurrió la sentencia y la Audiencia Provincial de Madrid, en su Sentencia de 21 de octubre de 2014, le dio la razón fijando la pensión únicamente en 1.500 euros mensuales, en los que estaban incluidos todos los gastos universitarios. La Audiencia tuvo en cuenta que el hijo tenía las mismas necesidades que cualquier joven…

  • ¿Qué ocurre cuando existe una condena por violencia de género?

    El artículo 97.2 del Código Civil establece que no procederá la Guarda y Custodia compartida de los hijos cuando uno de los padres esté incurso en un proceso penal por delitos contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad o indemnidad sexual. Y tampoco cuando el Juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica. Las sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales de las Comunidades Autónomas, han contemplado varias posturas, que pasan por no concederla por existir un proceso penal en curso; supuestos en que no puede acordarse por haber recaído una condena…

  • Qué hacer cuando no se cumple el régimen de visitas

    Incumplimiento del régimen de visitas. Toda sentencia de Divorcio establece, entre otras cosas, la forma en que los hijos se relacionarán con el padre que no tiene la Guarda y Custodia. Lamentablemente en no pocas ocasiones el padre o madre que tiene la Guarda y Custodia imposibilita al otro el desarrollo del régimen de visitas con los hijos. Suele tratarse de casos en que la negativa a entregarlos se basa en excusas como que están enfermos, que son los hijos los que no se quieren ir con el padre o madre, o directamente cuando acuden a recogerles al domicilio no se les abre la puerta. Ante este problema, hay que…

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